CAPUAL encarga la cobranza extrajudicial de sus operaciones de crédito en dinero de acuerdo a lo señalado en la ley 19.946 dando referencia y cumplimiento a la protección de los derechos del consumidor.En cuanto a las gestiones extrajudiciales, las cuotas o créditos con una mora superior a 20 días, estarán afectos a un recargo, de costo del deudor, de acuerdo a la siguiente escala progresiva:
Valor Cuota o Monto Adeudado | Porcentaje de Recargo |
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De hasta UF 10 | 9% |
Por la parte que exceda UF 10 y hasta UF 50 | 6% |
Por la parte que exceda de UF 50 | 3% |
En cumplimiento con la Ley, las gestiones de cobranza extrajudicial se realizarán se lunes a sábado, excepto feriados y festivos, entre las 08:00 hrs y las 20:00 hrs. Asimismo, podrá gestionar dicha cobranza a través de llamados telefónicos, mensajes de texto, correos electrónicos, cartas y/o visitas a domicilio como también utilizar otros medios autorizados.
Capual, entregará según lo establece la Ley 19.628, a la empresa de cobranza externa toda información necesaria referida a los créditos otorgados y que sea pertinente para llevar a cabo la cobranza de las obligaciones en mora.
La gestión de cobranza extrajudicial será realizada por SERCOAC SPA. , así como también, Capual podrá realizarla de manera directa.
Las modalidades y procedimientos de cobranza extrajudicial podrán ser modificados anualmente en el caso de las operaciones de consumo cuyo plazo de pago exceda de un año, en términos de que no resulte más gravoso ni oneroso para los consumidores, ni se discrimine entre ellos, lo cual será comunicado con una anticipación mínima de dos periodos de pago.